“La educación preescolar y la general básica son obligatorias. Estas y la educación diversificada en el sistema público son gratuitas y costeadas por la Nación. En la educación estatal, incluida la superior, el gasto público no será inferior al seis por ciento (6%) anual del producto interno bruto, de acuerdo con la ley... El Estado facilitará la prosecución de estudios superiores a quienes carezcan de recursos pecuniarios. La adjudicación de las becasy los auxilios estará a cargo del Ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley”.
El Estado está en la obligación de brindar alimento y vestido a los escolares indigentes. El Estado patrocina y organiza la educación de adultos, para combatir el analfabetismo y proporcionarles oportunidades culturales.
En la Constitución Política también se establece la autonomía de las universidades públicas y la obligación del Estado de proporcionarle recursos económicos mediante el establecimiento de un Fondo Especial de la Educación Superior.
El ente encargado de ejecutar el mandato constitucional es el Ministerio de Educación Pública
www.mep.go.cr